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Necesito un abogado comprometido a defender mi inocencia.
Necesito un abogado que me ayude a recomponer mi vida y haga justicia.
Reconozco que estuvo mal lo que hice pero lo que necesito ahora es un buen abogado.
SOLUCIONES
atención psicológica
Entendemos las complejidades emocionales de las acusaciones falsas en violencia de género y por ello nuestra psicóloga experta te atenderá con la profunda empatía y comprensión que mereces.
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Enfrentarse a acusaciones falsas de violencia de género trae consigo no solo un desafío emocional sino también económico. Por ello, te ofrecemos opciones de financiación flexibles y sin intereses.
Soy Javier Sanz, abogado especializado en Denuncias Falsas contra Hombres Maltratados
Comprendo lo abrumador y angustiante que puede ser enfrentarse a una acusación de violencia de género, especialmente en un momento donde parece que el mundo prejuzga sin conocer toda la historia.
EN MI DESPACHO SERÁS ESCUCHADO CON EL RESPETO Y DIGNIDAD QUE TE MERECES, SIN PREJUICIOS.
La Constitución española, en su artículo 14, consagra la Igualdad de todos ante la ley, y en el artículo 24, el derecho a un juicio justo y a la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario.
Nuestro Compromiso
El servicio de atención que te garantizamos
Servicio receptivo
Durante nuestro horario de oficina, garantizamos una atención inmediata a tu llamada.
Fuera de este horario, tu mensaje es una prioridad para nosotros y nos comprometemos a responderte en menos de un día hábil.
Sea cual sea el desafío que enfrentes, estamos aquí para abordarlo con la máxima profesionalidad y eficiencia.
Hablamos tu idioma, sin tecnicismos ni jerga profesional pero lo más importante es que sabemos escuchar y ponernos en tu piel.
De lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 y de 16:30 a 20:00.
Para situaciones urgentes, estamos disponibles las 24 horas, porque sabemos que algunas circunstancias no pueden esperar.
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Lo que debes saber
Tiene derecho a NO declarar ante la policía o guardia civil, pudiéndolo hacer únicamente ante el Juzgado
La Ley concede hasta 8 horas para que su abogado especializado se persone. No se deje presionar para designar uno de oficio
La orden de protección puede suspender el régimen de visitas con sus hijos
Recopila toda evidencia que pueda respaldar tu versión de los hechos y demostrar tu inocencia
Testimonios
Las reseñas que nos hacen seguir especializándonos
En una situación tan tan complicada como “la violencia de género” donde todo el mundo y otros abogados me decían que es impossible salir de esta y teniendo una hija por medio de 8 meses, demostró que era inocente y estoy fuera de cualquier tipo de cargo.
De mi experiencia personal puedo decir que se tiene que ser moderno para seguir las leyes modernas que cambian constantemente y por eso el os podrá dar el mejor servicio possible por estar al tanto del presente y no medio estancado en el pasado como los otros abogados con medallas, que no me podían dar ni siquiera fe.
Recuperar tu dignidad y reconstruir tu rol parental no debería ser un camino que recorras solo
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Encontrarás consejos prácticos, técnicas de empoderamiento y pasos claros para avanzar hacia un futuro seguro y lleno de esperanza.
¿En qué consiste el procedimiento?
Tras la denuncia inicial por violencia de género se detendrá al acusado, quien será llevado al calabozo hasta que se celebre el juicio rápido o se dicte la orden de protección:
JUICIO RÁPIDO
En el Juzgado de Violencia de Género, se toma declaración a la víctima, al acusado y los testigos, por separado.
TERMINADO EL INTERROGATORIO, SE CELEBRA UNA COMPARECENCIA EN LA QUE SE RESUELVE SI SE CONCEDE O NO LA ORDEN DE PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA.
La orden de protección puede conllevar medidas penales y civiles:
Se decide aquí se debe existir orden de alejamiento y comunicación sobre la víctima y si deben existir además medidas sobre la patria potestad, guardia y custodia de los hijos, régimen de visitas, atribución de la vivienda, pensión de alimentos, etc.
COMO NORMA GENERAL, LA ACUSACIÓN SOLICITARÁ LA ORDEN DE PROTECCIÓN Y LA DEFENSA SE OPONDRÁ A LA MISMA.
conformidad
Si existen suficientes indicios de haberse cometido el delito, las partes se reunirán con el fiscal para tratar de llegar a un acuerdo sobre la conformidad o no del acusado.
EN CASO DE CONFORMIDAD DEL ACUSADO, SE DICTARÁ UNA SENTENCIA CUYA PENA SE REDUCIRÁ EN UN TERCIO DE LA CONDENA.
Por ejemplo, si el acusado se conformara con 6 meses de prisión, la pena quedaría reducida a la pena de 4 meses de prisión.
En caso de que no existan suficientes indicios de delito, es decir, si no existen pruebas suficientes que corroboren la versión de la víctima, la defensa y el fiscalía solicitarán el sobreseimiento o archivo del asunto por falta de pruebas, lo que en la mayoría de los casos será acordado por el juzgado.
JUICIO ORAL
Se celebra en el Juzgado de lo Penal para el caso de que el acusado y su defensa no quieran conformarse con la pena solicitada por el fiscal, al considerar que los hechos denunciados por la víctima no está probados o son manifiestamente falsos.
SE SEÑALARÁ ENTONCES NUEVA VISTA, EN UNA PLAZO DE 15 DÍAS, DONDE SE PODRÁN PRACTICAR MÁS PRUEBAS.
Por tanto, podrá prepararse el juicio con mayores garantías presentando nuevos testigos, documental, incluso pericial que puedan corroborar las distintas versiones.
RECURSO DE APELACIÓN
La sentencia que se dicte por el Juzgado de lo Penal podrá ser recurrida en el plazo de 5 días, ante la Audiencia Provincial.
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Seguro que aún tienes dudas
He elaborado un listado con algunas de las preguntas más frecuentes, pero si aún así tienes dudas,escríbenos a hola@abogadoviolenciadegenero.com y te ayudaremos
En caso de detención preventiva, ésta no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para aclarar los hechos; en cualquier caso, en el plazo máximo de 72 horas el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la Autoridad Judicial.
La violencia ejercida contra la mujer puede ser denunciada por ella misma ante los Cuerpos de Seguridad del Estado ( Comisaría de Policía o Cuartel de la Guardia Civil) como en el propio juzgado. De hecho, en Valencia hay a su disposición unas oficinas especializadas para ello.
También puede ser denunciada por los testigos de los hechos, incluyendo aquí a los agentes de la autoridad o los propios médicos que estén valorando a la víctima, quienes enviarán el parte médico directamente a juzgados.
Es imprescindible, no se deje presionar por la policía o guardia civil para que le atienda un abogado de oficio.
La ley permite que designe un abogado particular y especializado que puede personarse hasta 8 horas después de la detención.
Tiene derecho a no declarar y a no declararse culpable, todo lo que diga puede ser utilizado en su contra.
No, el procedimiento continuará siempre que existen pruebas o indicios que permitan deducir que hubo violencia.
Lo que sí puede hacer la supuesta víctima es no declarar contra su pareja, siempre y cuando se retire como acusación particular.
Tras la denuncia los agentes de la autoridad procederán a la detención del acusado y el juicio rápido se celebrará en un plazo máximo de 72 horas.
La Orden de Protección es una resolución judicial que, en los casos en que existan indicios fundados de la comisión de delitos ó faltas de violencia domestica y exista una situación objetiva de riesgo para la víctima, ordena su protección mediante la adopción de medidas cautelares civiles y/o penales, además de activar las medidas de asistencia y protección social necesarias, por remisión de la Orden de Protección a los Puntos de Coordinación de las Comunidades Autónomas.
1. MEDIDAS PENALES:
- Privativas de libertad
- Orden de alejamiento
- Prohibición de comunicación
- Prohibición de volver al lugar del delito ó residencia de la víctima
- Retirada de armas u otros objetos peligrosos
2. MEDIDAS CIVILES:
- Atribución del uso y disfrute de la vivienda
- Régimen de custodia, visitas, comunicación con los hijos
- Prestación de alimentos
- Medida de protección al menor para evitar un peligro ó perjuicio
Nota: Las medidas civiles tendrás una validez de 30 días que se prorrogarán en caso de interponer el consiguiente procedimiento de divorcio, separación o medidas paterno-filiales antes de finalizar dicho período.
3. MEDIDAS DE ASISTENCIA Y PROTECCIÓN SOCIAL: establecidas en el ordenamiento jurídico, tanto estatal como autonómico.
La Orden de Protección es una resolución judicial que, en caso de ser infringida conllevará el ingreso en prisión por un delito de quebrantamiento de condena.
Dispone el Art. 468 ,CP lo siguiente:
«1. Los que quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año»
En el plazo de 15 días, en caso de no conformarse con la pena solicitada por la fiscalía de Juzgado de Violencia de Género, se celebrará un Juicio Oral en el Juzgado de lo Penal.
La Orden de Protección es una resolución judicial que, en caso de ser infringida conllevará el ingreso en prisión por un delito de quebrantamiento de condena.
Dispone el Art. 468 ,CP lo siguiente:
«1. Los que quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año»
Si hay hijos e hijas en común a quien se le atribuya la guarda y custodia. Si por el contrario no hay hijos e hijas en común, según la titularidad de la propiedad o del arrendamiento de la vivienda, el Juzgado determinará si se le atribuye al acusado o la víctima.
En la Ley se contempla el derecho a una escolarización inmediata si como consecuencia de ser víctima de violencia de género se tiene que cambiar de domicilio.
Sí, solicitando que se oculten tus datos en el Padrón municipal.
El Juzgado oficiará para que acompañen las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad hasta el domicilio en ambos casos, tanto para el agresor como para la víctima.
No, hay que solicitarlo judicialmente.
El delito de abandono del hogar no existe. Tan sólo existe el delito de abandono de familia si dejas de prestar la asistencia necesaria a tus hijos y o hijas. Tienes derecho a dejar tu casa sin que se considere abandono de familia.
No obstante, debes presentar lo antes posible la demanda de separación o medidas previas en el Juzgado de Primera Instancia o de Familia de tu domicilio. También sería aconsejable que presentaras denuncia, indicando los malos tratos sufridos, como anteriormente se ha descrito.
La guarda y custodia de los hijos e hijas menores la determina el o la Juez. No obstante, en caso de hombres agresivos, el/la juez suele considerar más adecuada la convivencia de los/as menores con la madre, ya que prima el interés y bienestar de los y las menores.
No obstante, debes presentar lo antes posible la demanda de separación o medidas previas en el Juzgado de Primera Instancia o de Familia de tu domicilio. También sería aconsejable que presentaras denuncia, indicando los malos tratos sufridos, como anteriormente se ha descrito.
Debes presentar lo antes posible la demanda de medidas paternofiliales en el Juzgado.
Puedes pedir un abogado de oficio en el colegio de Abogados.
Solicitar que las visitas se realicen en un Punto de Encuentro Familiar.
Puede acogerse a su derecho de no declarar. No obstante, independientemente de lu declaración existe la posibilidad de que el Ministerio Fiscal continúe de oficio con las actuaciones pertinentes, si exsiten más pruebas que te incriminen.